BASES LEGALES CONCURSO ¿QUÉ HACE REALMENTE DIFERENTE A SIXS?  - #SORTEOSIXS

BASES LEGALES CONCURSO ¿QUÉ HACE REALMENTE DIFERENTE A SIXS? – #SORTEOSIXS

CategoríasSIXS blog @es
Tags: | |

Fecha de promoción
Del miércoles 21  de noviembre hasta el lunes 11 de diciembre de 2017 a las 12:00 horas.

El sorteo se realizará a las 11:00 h. del martes 12 de diciembre de 2017 a través de Easy Promos entre todos los seguidores de nuestra página de Facebook que hayan dado me gusta a la publicación y hayan contestado en el comentario a la siguiente interrogante: ¿Qué hace REALMENTE diferente a SIXS? Y comente cuál de los beneficios de SIXS le parece más atractivo.

 

Descripción del premio

Una prenda SIXS de entre las siguientes opciones:
-       Mono interior integral
        https://www.six2.biz/es/prodotto/stx-mono-interior-integral/
-       Camiseta cuello redondo mangas largas Carbon Underwear
         https://www.six2.biz/es/prodotto/ts2-camiseta-cuello-redondo-mangas-largas-carbon-underwear/
-       Culotte interior Carbon Underwear con badana
         https://www.six2.biz/es/prodotto/cc2-moto-culotte-interior-carbon-underwear-con-badana/

 

¿Quién puede participar?

Podrá participar cualquier persona física, mayor de edad que siga a SIXS ESPAÑA en Facebook y que sea residente en el territorio nacional.

 

¿Cómo participar?

Para participar debes dar me gusta a la publicación y contestar en la misma publicación hecha por nosotros en la página de Facebook de SIXS ESPAÑA la siguiente pregunta:

 

¿Qué hace REALMENTE diferente a SIXS? Y comentar cuales de sus beneficios te parecen más atractivos.
La respuesta a esta pregunta la encontrarás en el siguiente enlace:

Criterios de participación

SIXS ESPAÑA  elegirá mediante sorteo interno a la persona afortunada que se llevará el premio descrito anteriormente.

El premio podrá ser retirado hasta el día 31/12/2017 en las instalaciones de nuestra empresa ubicada en Avenida Hospital, 10 03550 San Juan de Alicante – Alicante – España o será enviado según se acuerde con el ganador del concurso.

El ganador se anunciará el próximo día 1 de diciembre de 2017 en las redes sociales de SIXS ESPAÑA 

La fecha de recogida o envío del premio será acordada por SIXS ESPAÑA y el ganador. La persona ganadora deberá ser mayor de edad, quedando eliminada del concurso si esta condición no se cumpliese. Si se diera el caso, el premio pasaría automáticamente al primer suplente.

Habrá un máximo 3 suplentes. Si ninguno de los suplentes cumpliera con los requisitos de participación, el premio quedaría desierto.

Son aplicables a esta promoción otras normas establecidas por SIXS ESPAÑA

El agraciado/a será informado del resultado por nuestras redes sociales el mismo día de la celebración del sorteo (12 de diciembre de 2017).

Transcurridos tres días naturales a contar desde la celebración del sorteo sin que se pueda localizar al agraciado respectivo, este perderá sus derechos y el premio se asignará al primer suplente de la lista.

No existe la posibilidad de transferir el premio a otra persona que designe el premiado ni de canjear el premio por dinero.

Si transcurridas dos semanas desde la realización del sorteo no hubiera sido posible entregar el premio al agraciado ni a los suplentes, éste se declarará desierto.

 

Causas de descalificación de un participante de la Promoción.

La presente Promoción pretende que la competición entre los distintos participantes se haga con igualdad de oportunidades y con estricto respeto a las normas de la buena fe.

En caso de utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en la Promoción.

En caso de constatar las citadas irregularidades con posterioridad a la aceptación del Premio, la Organización se reserva el derecho de ejercitar todas las acciones legales que le asista contra los infractores.

SIXS ESPAÑA se reserva el derecho a eliminar, descartar o descalificar cualquier mensaje que participe en esta Promoción que a juicio de la Organización fuera contrario al objeto de esta Promoción o fuera contrario al orden público, la legislación aplicable y/o las normas establecidas por la Empresa Responsable del sorteo.

 

Consideraciones de carácter general

El presente sorteo se desarrollará exclusivamente a través de Internet.

El sorteo se realizará entre los usuarios que sigan la página oficial de SIXS ESPAÑA en Facebook y que hayan participado de forma correcta, según el punto anterior.

En cumplimiento de las Condiciones de las Páginas de Facebook, apartado E “Promociones” puesta a disposición de los usuarios por la red social Facebook, en la gestión y desarrollo del presente sorteo, se establece expresamente que, por el mero hecho de participar en el presente sorteo o promoción, cada participante exonera expresamente a la red social Facebook de cualquier responsabilidad, de cualquier tipo o índole, relacionada con el presente sorteo o promoción.

Asimismo, esclarecer expresamente a los participantes en el presente sorteo, que el presente sorteo o promoción no se encuentra patrocinado, avalado, administrado ni asociado en modo alguno a Facebook, ni a la red social Facebook.

 

Otras Normas aplicables a las Promociones organizadas  SIXS ESPAÑA

 

LEGISLACIÓN APLICABLE

Esta Promoción se rige por las presentes Bases.

 

DATOS PERSONALES: El tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio en los términos expuestos en las presentes Bases. De acuerdo con lo anterior, la mera participación en esta Promoción implica necesariamente la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.

A este respecto, puede conocer nuestro Aviso Legal y Política de Privacidad.

Al premio de la presente promoción, le será de aplicación la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento; Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes, por lo que, en su caso, corresponderá a Y –FACTOR LEVANTE  S.L. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.

 

ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES

La mera participación en este Concurso / Promoción / Sorteo supone la aceptación de las presentes Bases.

 

 

Responder